nulidad tarjeta sin contrato

Nueva victoria contra Banco Santander en Barcelona: Nulidad de tarjeta revolving sin el contrato

  • Importe conseguido 12.342 €
  • Reclamación contra Banco Santander S.A
  • Fecha 23/01/2025
  • Juzgado Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 4

En Ferrer Advocats hemos comenzado el año con una excelente noticia para uno de nuestros clientes. La Audiencia Provincial de Barcelona ha ratificado una sentencia que declara la nulidad de la cláusula de intereses de una tarjeta revolving suscrita en 2013, condenando al banco a devolver todo lo pagado de más.

El caso: Intereses del 28,30% TAE y un contrato "desaparecido"

Nuestro cliente era titular de una tarjeta con la que se le llegaban a aplicar intereses de hasta el 28,30% TAE. Ante la falta de transparencia, decidimos llevar el caso a los juzgados.

Lo más relevante de este procedimiento es que ninguna de las partes disponía de una copia del contrato original. Nuestro cliente lo había solicitado previamente sin éxito, y durante el juicio, el propio Banco Santander manifestó que tampoco disponía de él.

¿Se puede ganar sin contrato? Rotundamente, SÍ.

El banco pretendía utilizar la ausencia del documento para evitar el control de transparencia, argumentando que, al no haber contrato, no se podía valorar si las cláusulas eran claras o no.

Sin embargo, la Audiencia Provincial ha sido contundente al aplicar la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el artículo 217.7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (facilidad probatoria):

  1. Carga de la prueba: Es el banco quien tiene la obligación de conservar y aportar el contrato para demostrar que informó debidamente al consumidor.
  2. Presunción de falta de transparencia: Si el banco no aporta el contrato (ya sea por mala fe o por una deficiente gestión documental), no puede demostrar que cumplió con sus deberes de información.
  3. Consecuencia: La falta de contrato conlleva automáticamente que la cláusula de intereses no supere el control de transparencia, siendo declarada nula por abusiva.

El "Efecto Bola de Nieve" y el deudor cautivo

La sentencia recuerda que estos productos suelen generar un "efecto bola de nieve", donde las cuotas bajas apenas amortizan capital y los intereses se capitalizan, convirtiendo al usuario en un "deudor cautivo". Al no existir prueba de que se advirtió de estos riesgos al cliente en el momento de la firma, la justicia protege al consumidor.

Conclusión y éxito total

La Audiencia ha desestimado el recurso del Santander y ha confirmado íntegramente la sentencia de primera instancia. Esto supone para nuestro cliente:

  • La anulación de los intereses.
  • La obligación del banco de restituir todas las cantidades abonadas en exceso sobre el capital dispuesto. En este caso, lo hemos cuantificado en 12.342€.
  • La imposición de las costas procesales a la entidad bancaria.

Este caso demuestra que no tener los papeles no es una barrera para reclamar. Si el banco ha perdido tu contrato, es su problema, no el tuyo.

Si tienes una tarjeta revolving y sientes que tu deuda nunca baja, no lo dejes pasar. En nuestro despacho estudiaremos tu caso sin compromiso. Solo cobramos si tú ganas, acompañándote en todo el proceso para que recuperes lo que es tuyo.

Lluís Ferrer De Nin

Abogado y socio de Ferrer Advocats.
Especializado en defensa del consumidor, derecho penal y responsabilidad civil, con amplia experiencia en litigios judiciales y casos contra abusos financieros.
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