La renuncia a reclamar el dinero de la cláusula suelo es nula según Luxemburgo

Cláusula suelo

Tras la reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, TJUE, de 9 de julio de 2020, ya pueden reclamar al Banco aquellos clientes que tenían cláusula suelo, pero que firmaron un contrato de renuncia a reclamar. En estos documentos redactados por el Banco, el cliente a cambio de una rebaja o de la eliminación de la cláusula suelo, se comprometían a no reclamar.

Conflicto de intereses entre el Banco y el cliente 

Esto contratos los firmaban los clientes porque eran la única manera de que les bajara la cuota del préstamo de hipoteca.Tras firmarlos muchos se arrepintieron al ver la cantidad de dinero que se quedó el Banco de su cláusula suelo. 

Contratos poco transparentes 

El Banco realmente volvió a engañar a su cliente haciéndole firmar una renuncia a reclamar los 8.000, 10.000, 20.000 euros que hubiera podido recuperar en los tribunales con alta posibilidad de éxito. De hecho finalmente un 98% de los que han acudido al Juzgado ha tenido éxito. Se puede consultar en las estadísticas de la administración de justicia.

En el contrato, no se especificaba nunca el importe renunciado, pese a ser un elemento fácilmente calculable para un Banco transparente. El dato hubiera ayudado al cliente a decidir, por lo que es una de las razones por las que el TJUE ha considerado no transparentes aquellos contratos donde no se concretaba el importe pagado de más por la cláusula suelo. 

¿Qué hacer ahora?

Es recomendable no fiarse más del Banco y acudir a un abogado especialista en la materia que reclame extrajudicialmente, tras ello, puesto que lo más seguro es que el Banco no se avenga a pagar nada de la cláusula suelo, será necesario presentar una reclamación judicial.

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