Reclamar la Cláusula suelo OFICINADIRECTA.COM de BANCO POPULAR

Si tenemos una cláusula suelo que nos vendieron por oficinadirecta.com ahora si que podemos reclamar.

La Audiencia Provincial de Barcelona, dicta ya sentencias que anulan la cláusula suelo de compraventa a promotor, subrogación y novación.

  1. Aunque sea una subrogación, el Banco está obligado a informar a los compradores sobre la cláusula suelo y sobre sus riesgos cláusula suelo y no “pasarle la pelota” al promotor vendedor.
  2. Que el comprador se subrogue a la hipoteca del promotor y que se modifique alguna condición, no significa que esté informado de las condiciones, puesto que simplemente se han adaptado a la posición del comprador, tampoco significa que haya podido negociar.
  3. Estos criterios, ya fueron fijados por la Sentencia del Supremo de 20 de septiembre de 2018, por lo que no hay que hacer caso si recibimos una respuesta del Banco Popular o de Banco Sabadell o de Caixabank, alegando que no atienden nuestra reclamación por que estamos ante un caso de subrogación o novación.

A continuación reproducimos la cláusula declarada nula:

"Que, asimismo las partes convienen para esta operación y con efectos desde la fecha de otorgamiento de la escritura en modificar el epígrafe LIMITES DE VARIABILIDAD DEL TIPO DE INTERÉS APLICABLE A LOS SUBROGADOS de la cláusula NOVENA de la escritura de préstamo hipotecario a la que se ha hecho referencia" estableciendo el siguiente pacto: LIMITES DE VARIABILIDAD DEL TIPO DE INTERES.- Las partes acuerdan que, a efectos obligacionales, el tipo resultante de la revisión del tipo de interés aplicable, sea este el ordinario o el sustitutivo, no podrá ser inferior al TRES ENTEROS POR CIENTO NOMINAL ANUAL ni superior al NUEVE CON SETENTA Y CINCO POR CIENTO NOMINAL ANUAL".

De forma contundente la Audiencia de Barcelona acaba confirmando que se devuelva el dinero pagado de más por la cláusula suelo con el argumento siguiente:

Debemos concluir que no hay prueba de ningún tipo de información precontractual proporcionada sobre la cláusula que limita la variabilidad de los intereses, ni verbal ni escrita, y su inclusión en la escritura pública, tal y como se ha expuesto, no permite concluir que se haya incorporado con la exigida transparencia. Por todo ello debemos desestimar el recurso y confirmar la sentencia apelada.

En el caso real Banco Popular es condenado a devolver el dinero a su cliente y a pagar las costas y los intereses.

El Supremo declara abusivas las cláusula suelo de las Hipotecas contratadas vía web a través de Oficina Directa de Banco Pastor.

La característica especial de estas hipotecas era que el consumidor las contrataba online a través de la web de Banco Pastor, despues Popular y ahora Banco Santander. Toda la documentación era remitida por la entidad mediante correos electrónicos.

La historia de estas hipotecas, la verdad, parece un culebrón, ya que desde la Sentencia de 9 de mayo de 2013, el abogado y el cliente conseguían fácilmente la nulidad de estas cláusulas suelo que oficina directa solía tener al 2,25 por ciento.

Todo se rompe en Barcelona en el año 2015, cuando la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, empieza a dar la razón al Banco gracias a los correos electrónicos que el cliente había recibido antes de ir al Notario.

Suerte que recientemente el Tribunal Supremo en Sentencia de marzo de 2019, pone las cosas en su sitio y da la razón a una familia y no al Banco, al considerar que el hecho de que el Banco Pastor remitiera uno o dos correos electrónicos a su cliente, antes de la escritura notarial, no significa automáticamente transparencia.  

Ahora, la misma Sección 15 de Barcelona, ya ha dictado alguna sentencia que condena al Banco Popular a abonar al cliente las cantidades cobradas como consecuencia de la cláusula suelo.

El razonamiento, ahora, de la Sección 15ª de Barcelona tras la Sentencia del Supremo es que: No consta de la documentación aportada (folleto informativo y minuta de escritura) que se diera información suficiente para que los demandantes pudieran comprender y valorar las consecuencias económicas y jurídicas que se derivan de la aplicación de la cláusula impugnada, puesto de los mails que las partes se intercambian propios de la tramitación on line -los cuales no se aportan, como hemos indicado no podemos deducir que se hubiera dado las explicaciones necesarias.

Finalmente, decir que al tratarse de una doctrina emanada del Tribunal Supremo, afecta de forma general a todo el Estado. En el despacho de abogados ya estamos trabajando para que clientes de Barcelona, de Girona,  de Vic, de Hospitalet, de Sabadell, de Terrassa y otras poblaciones de Cataluña presenten su reclamación sobre cláusula suelo.

Fuente: Lluís Ferrer de Nin, abogado de Ferrer Advocats

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