Reclamación Revolving ganada en Tarragona.


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  • Importe conseguido 4.922 €
  • Reclamación contra CaixaBank
  • Fecha 22/05/2025
  • Juzgado Amposta, Tarragona

¡Esta semana tenemos excelentes noticias en el despacho! Hemos recibido la sentencia de uno de nuestros clientes y el resultado es muy favorable, cancelamos la deuda actual pendiente y el banco le devuelve 4.922€. Te contamos todos los detalles de este caso de éxito que confirma la falta de transparencia en los contratos de tarjetas revolving.

En un reciente fallo judicial, la Audiencia Provincial de Tarragona ha desestimado el recurso de apelación presentado por CAIXABANK frente a la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Amposta. Esta decisión anula el contrato de tarjeta revolving y condena a CaixaBank a devolver las cantidades cobradas de más, además de asumir las costas del proceso.

Hechos del caso

Nuestra clienta solicitó la nulidad de un contrato de crédito "revolving", asociado a una tarjeta "VISA CLASIC". La demanda la basamos en la falta de transparencia de los intereses remuneratorios y subsidiariamente por usura. A pesar de los intentos de conciliación, donde el banco ofreció una rebaja parcial o un recálculo al 14,99%, nuestra clienta rechazó la propuesta, manteniendo su reclamación.

Para que veáis, aceptar los acuerdos que ofrece el banco, no siempre es lo más beneficioso para ti, ya que mediante una demanda judicial, hemos conseguido que la tarjeta tenga unos intereses del 0 %, como consecuencia de la declaración de nulidad, ya que el contrato es como si explotara y se deja sin efectos sus cláusulas.

Desde el despacho, analizamos el caso a fondo. La sentencia de primera instancia ya nos había dado la razón, estimando íntegramente la demanda y declarando la nulidad de las cláusulas de intereses remuneratorios y la comisión por posiciones deudoras, con la consecuente restitución de las cantidades y los intereses legales, pero el banco seguía en su línea y presentó un recurso. (spoiler: le salió mal!)

El Fallo de la Audiencia Provincial

La Audiencia Provincial de Tarragona ha ratificado la decisión del Juzgado de Amposta, basándose en la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo sobre tarjetas revolving. El tribunal ha determinado que:

  • Falta de Transparencia: No se proporcionó a nuestra clienta información suficiente y transparente antes de la firma del contrato, a pesar de que se formalizó de forma digital, por lo que, si nuestra clienta hubiera sabido de las consecuencias de contratar esta tarjeta, no la hubiera contratado.
  • Intereses Usurarios: El tipo de interés (29,83%) en el pago aplazado se consideró usurario, de acuerdo con la doctrina establecida en la STS 257/2023, de 15 de febrero.
  • Desequilibrio Contractual: La falta de transparencia de la cláusula relativa a la TAE, valorada con las cláusulas relativas al sistema de amortización, provoca un grave desequilibrio en contra de las exigencias de la buena fe, lo que hace innecesario el examen del control de contenido o abusividad, dando lugar a la nulidad del contrato.
Reclamación Revolving ganada en Tarragona.

El juzgado ha condenado a CaixaBank a:

  • Desestimar el recurso de apelación.
  • Confirmar la nulidad del contrato.
  • Restituir las cantidades abonadas en exceso, con los intereses legales desde cada pago.
  • Asumir las costas procesales del recurso.

En este caso, tras la liquidación, nuestra clienta logró cancelar la deuda que tenia vigente, y además, que le devolvieran 4.922€ . Si tienes una tarjeta revolving y crees que puedes estar siendo víctima de condiciones abusivas, ¡contáctanos! Estudiaremos tu caso sin compromiso y te acompañaremos en el camino para recuperar tu dinero.

Lluís Ferrer De Nin

Abogado y socio de Ferrer Advocats.
Especializado en defensa del consumidor, derecho penal y responsabilidad civil, con amplia experiencia en litigios judiciales y casos contra abusos financieros.
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