El Supremo respalda anular la compra de acciones de Bankia por ofrecer datos falsos en la salida a Bolsa.
Bankia ya puede dar por perdidas las demandas. El Tribunal Supremo ha rechazado este miércoles los recursos presentados por la entidad contra dos sentencias que declararon la nulidad de las órdenes de suscripción de acciones por parte de minoristas por estimar que el folleto de salida a Bolsa contenía información que no reflejaba la situación económica real de Bankia.
La decisión ha sido adoptada por el Pleno de la Sala Civil de forma unánime y supone un respaldo a las declaraciones de nulidad de miles de órdenes de compra que están siendo tramitadas en juzgados de toda España. "Hubo error en el consentimiento por parte de los adquirentes debido a las graves inexactitudes del folleto de la oferta pública", concluyen los magistrados del Supremo, que por primera vez examinaban el asunto.
Los dos casos avalados por el Alto Tribunal habían sido examinados por las audiencias provinciales de Valencia y Oviedo. La primera de las resoluciones fue dictada por la de Valencia hace ahora un año y corrigió la decisión inicial del juez de dar la razón a Bankia. Por contra, declaró la nulidad de la compra de acciones y ordenó la devolución de los fondos con los intereses legales correspondientes.
"La incorrección, inveracidad, inexactitud o los errores contables sobre esos datos publicitados en el folleto, nos lleva a concluir que la información económica, financiera y contable divulgada al público suscriptor, resultó inexacta e incorrecta, en aspectos relevantes, primordiales y sustanciales como son los beneficios y las pérdidas de la sociedad emisora", decía esa sentencia avalada ahora por el Supremo.
En la misma línea fue la resolución, ahora ya firme, de la Audiencia de Oviedo: "Lo expuesto lleva a la conclusión, como ya lo hizo el juzgador de instancia en su resolución, que la información llevada a efecto en la oferta pública por la entidad demandada resultó incorrecta e inveraz en aspectos relevantes, dando apariencia de una solvencia que no se correspondía con la realidad de su situación financiera".
El revés del Supremo a Bankia ha sido doble. Antes de confirmar las sentencias, los magistrados han rechazado la solicitud de la entidad de que todas las causas civiles de este tipo quedaran congeladas hasta que se dirimiera la causa penal abierta en la Audiencia Nacional por la salida a Bolsa, en la que están imputados Rodrigo rato y otros responsables de la entidad.
La decisión de rechazar la aplicación de la llamada prejudicialidad penal supone que el Supremo desvincula las sentencias que ordenan a Bankia a devolver los fondos del resultado que pueda tener penalmente la investigación de la Audiencia. Aunque ésta se archivara, los accionistas podrían seguir reclamando su dinero.
El Pleno de la Sala de lo Civil, que preside el magistrado Francisco Marín Castán, ha comunicado únicamente el sentido de su decisión. El contenido detallado de las sentencias se conocerá en los próximos días.
Fuente: EL MUNDO