Las sentencias firmes sobre Banco Popular abren un nuevo frente fiscal para los accionistas afectados

El caso Popular avanza en los tribunales. Ya se han conocido varias sentencias firmes, es decir que no tienen la posibilidad de recurrirse, y que anulan la suscripción de acciones del Banco Popular en su última ampliación, la de 2016.

El sentido de estos fallos judiciales es idéntico: la entidad no fue transparente en su situación patrimonial en la ampliación de capital de 2016, conclusión: tendrá que devolver lo invertido a los demandantes.

Estas sentencias recuerdan a las habidas en su día con el caso de las preferentes de Bankia.  El Banco Santander tiene que devolver al suscriptor el dinero invertido más los correspondientes intereses. El suscriptor, y en este caso demandante, tiene que restituir al banco todas las cantidades percibidas por haber sido poseedor de esas acciones, también con los correspondientes intereses.

En este caso, el suscriptor no está obligado a la restitución de las acciones, al no existir. En las sentencias, también se condena al banco al pago de las costas judiciales.

FUENTE: Invertia

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