Primera sentencia catalana contra la ampliación de capital del Popular

Un juzgado de primera instancia de Balaguer ha sido el primero que condena, en Cataluña, el Banco Popular a devolver el dinero a un inversor que decidió comprar acciones del Banco Popular durante la macroampliación de capital que la entidad hizo el verano de 2016. la sentencia obliga al banco a pagar los más de 9.900 euros que habían invertido los clientes, los intereses y las costas del juicio al considerar probado que "la situación financiera que reflejó la entidad demandada a lo largo de los años no se correspondía, en absoluto, con la real ".

La resolución también deja claro que, pese a que el inversor medio es consciente del riesgo que supone comprar acciones de una entidad financiera, esto no se contradice con el hecho de que "necesite estar informado sobre la verdadera situación financiera de la entidad" , lo que, según explica la sentencia, no pasó en el caso del Popular. "Con ello se fijaba una perspectiva moderadamente optimista para los accionistas que no coincidía en absoluto con la real", insiste el juez.

"Lo que hemos demostrado es que el Popular encubrir sus ratios de morosidad y que contabilizaba sus activos tóxicos, los inmobiliarios, con unos precios de mercado totalmente irreales", explica Antoni Cudós, el abogado de Derecho y Compromiso Asociación Europea de consumidores que ha llevado el caso. Cudós asegura que la auditoría pericial de parte que presentaron demuestra "con una simple regla de tres" que el banco "había valorado sus activos tóxicos inmobiliarios 20.000 millones de euros por encima de lo debido".

"Cuando se compran acciones es evidente que se pueden perder dinero, pero lo que ha pasado aquí es que el Popular iba mal por hechos anteriores y que la dirección lo escondió", explica el abogado. El juez coincide que, si lo hubieran sabido, los inversores habrían podido decidir deshacerse antes de las acciones. Ahora el banco tiene 20 días para recurrir la decisión.

"Estamos ante un Bankia II"

Según los abogados de Derecho y Compromiso, la sentencia catalana abre el camino para todos los afectados porque es la más contundente hasta ahora y la más completa en cuanto a fundamentos jurídicos. La asociación asegura: "Estamos ante un caso Bankia II, en la que una entidad falsificó sus cuentas para que no reflejaran la imagen real".

Fuente: ara.cat

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