Las tasas siguen cobrándose

La Audiencia Nacional ha rechazado la petición del Colegio de Abogados de Ourense de proceder a la suspensión cautelar de la orden ministerial que regula el pago de las tasas judiciales, al considerar que supondría "prejuzgar el fondo del asunto" y que esta medida "no causa para los recurrentes un perjuicio irreparable".

En un auto dictado este jueves, la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza el incidente de suspensión cautelar planteado por el Colegio de Abogados, que fue el primero en recurrir ante la Audiencia Nacional la aplicación de la ley de tasas impulsada por el Ministerio de Justicia. El proyecto contempla una subida de las tasas en la presentación de recursos de entre 50 y 750 euros en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social.

La resolución judicial sostiene que, si se adoptara la suspensión de la orden del Ministerio de Hacienda que regula el pago de las tasas judiciales, "se prejuzgaría la cuestión de fondo, de manera que por amparar el derecho a la efectiva tutela judicial se vulneraría otro derecho, también fundamental, como es el proceso con las garantías debidas de contradicción y prueba".

Citando doctrina del Supremo, el auto de la Sección Séptima señala que "no se advierte que la aplicación de la orden impugnada comporte para la corporación recurrente la irrogación de perjuicios de difícil o imposible reparación, superiores a los que la suspensión de sus vigencia produciría al interés público". Todo ello, añaden, "sin perjuicio de lo que se resuelva al enjuiciar la disposición general impugnada en la fase definitiva del proceso".

VIOLACIÓN DE DERECHOS Y ÁNIMO RECAUDATORIO

El tribunal admitió a trámite la primera semana de enero la acción judicial interpuesta por los abogados orensanos, que fue imitada por varios colectivos profesionales, y pidió informes a la Abogacía del Estado para que se pronunciara sobre la adopción de la medida cautelar. Los servicios jurídicos del Estado se opusieron a la suspensión cautelar apuntando que, de acordarse, "se perturbaría gravemente dicho interés general".

El escrito del Colegio, de 13 páginas, defiende que el 'tasazo' judicial supone "una violación del derecho a la tutela judicial efectiva", contemplado en el artículo 24 de la Constitución, y contraviene el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que "toda persona tiene derecho a que su causa sea vista equitativa y públicamente en un plazo razonable por un tribunal independiente e imparcial".

Del mismo modo, los abogados de Orense denunciaban que la medida tiene un carácter exclusivamente "recaudatorio" y que las tasas no se aplicarán "a partir de la capacidad económica del contribuyente" sino del "coste del servicio prestado".
Además, ponían de manifiesto que para acceder al impreso de cobro es necesario tener un ordenador conectado a internet en el supuesto de que el ciudadano quiera hacer el trámite sin recurrir a un abogado.

MADRID, 24 Ene. (EUROPA PRESS) -

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