Abogados de divorcio
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Las separaciones y divorcios son un trámite delicado, no solo por las implicaciones emocionales, sino porque las decisiones y acuerdos que cerremos ahora nos afectaran y condicionara durante mucho tiempo, especialmente los económicos y los relativos a los hijos, en el caso de que hubiera.
Sea mediante un convenio de mutuo acuerdo firmado por ambas partes o después de un procedimiento judicial, hay cuatro puntos básicos que hay que tratar y acordar:
1 Si hay hijos menores, es necesario acordar si la custodia es para la madre o el padre, o si bien hay custodia compartida. La cantidad a pagar de alimentos a los hijos.
2 La cantidad a pagar como pensión a los hijos.
3 La atribución del uso de la vivienda familiar y el resto de bienes o patrimonio.
4 La prestación compensatoria entre los cónyuges, solo si se dan ciertos requisitos.
¿Qué es la prestación compensatoria?
Es el medio que la Ley prevé para equilibrar los efectos económicos negativos que pueda provocar la separación o el divorcio. Podrá exigirlo el cónyuge a quien el divorcio o separación perjudique económicamente.
¿Qué es el plan de parentalidad?
El plan de parentalidad es el proyecto incluido en el convenio de divorcio donde los padres exteriorizan la forma en la que cuidarán de sus hijos y los pactos sobre aspectos como educación y responsabilidades parentales.
¿Quién tendrá la guarda de los hijos?
No es cierto que la legislación civil catalana decida automáticamente la guarda y custodia compartida. Otra cosa es que se prefiera que sean los dos padres quienes ejerzan la guarda de manera conjunta. Sin embargo, estará primero en el interés de los hijos, así que siempre se decidirá en función del caso concreto.