El gobierno suprime con eficacia inmediata las tasas judiciales para personas físicas

El gobierno ha dado su brazo a torcer ante el clamor social: ha anunciado la eliminación con carácter inmediato de las tasas judiciales para personas físicas. Sin embargo, mantendrá este tributo a las pymes. El real decreto-ley que regula esta modificación entró en vigor el domingo 1 de marzo. Aún hay preguntas en el aire, como que en esta ley nada se dice sobre los importes ya abonados por los ciudadanos durante la vigencia de las tasas judiciales

El consejo de ministros ha modificado la ley de tasas judiciales por la que las personas físicas quedarán exentas del pago de las mismas en todos los órdenes e instancias jurisdiccionales. Este cambio se debe al clamor social que pedía la derogación de este tributo considerado injusto tanto por los ciudadanos, como por los profesionales del mundo jurídico. Uno de los principales protagonistas  de esta modificación ha sido la #brigada tuitera, un grupo de abogados y jueces muy críticos con las tasas judiciales y muy activos en redes sociales

Sin embargo, este grupo recuerda que las tasas judiciales se mantienen para todas las personas jurídicas, pymes y microempresas. Aseguran que “queda un largo camino para que rectifiquen la vergüenza que ellos mismos cometieron”. En un comunicado recuerdan que las pymes aportan más del 65% del pib de España y más del 75% del empleo privado. “mantener las tasas judiciales que impiden que las empresas puedan reclamar sus derechos de crédito, significaría el cierre de las mismas y la destrucción de empleo”, añaden.

Esta medida se incluye en el decreto ley de medidas urgentes para la reducción de la carga financiera y de orden social. En la rueda de prensa posterior al consejo de ministros, el ministro de justicia, Rafael Catalá ha aclarado que han podido tomar esta medida gracias al “esfuerzo de la sociedad” y a que ha aumentado la “capacidad recaudatoria del gobierno” sobre los impuestos.

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